Solo se necesitaría dos terceras partes del aval de titulares para tomar decisione.

Por Rebecca Banuchi / rebecca.banuchi@gfrmedia.com

i1La Cámara de Representantes aprobó este miércoles de manera unánime un proyecto de ley que altera la manera en que, hasta ahora, se toman las decisiones en aquellos edificios sujetos al régimen de propiedad horizontal, al prescindir del voto unánime de los titulares, y exigir solamente el apoyo de dos terceras partes de los dueños de las unidades.

El Proyecto de la Cámara 1497, de la autoría de los representantes populares Carlos Vargas Ferrer y Rafael Hernández Montañez, flexibiliza las disposiciones de la "Ley de Condominios" al eliminar el requisito de unanimidad que se exige al presente para determinar asuntos medulares en la administración y operación de un edificio sujeto al referido régimen.

"Esta regla inflexible (el requisito de unanimidad), que en un principio se estableció para darle seguridad a cada residente individual, se ha convertido en una instancia en la que sólo un residente tiene 'secuestrada' la toma de decisiones que afectan a todo el colectivo. En muchos casos, esta 'unanimidad' es usada para obtener beneficios particulares, poniendo en riesgo la seguridad y el beneficio de la mayoría", reza la exposición de motivos de la media.

Si el proyecto se convierte en ley, sólo se exigiría el aval de dos terceras partes de los titulares en un condominio para determinar el uso que se le dará a las áreas que comprenden todo el edificio, definir cuáles serían los elementos comunes y cuáles, privativos, alterar fachadas, decorar paredes, puertas o ventanas de manera distinta al conjunto, e incluso hacer modificaciones estructurales como añadir un nivel a un inmueble, techar patios o áreas abiertas, entre otros asuntos.

"Se entenderá que en ningún momento se exigirá unanimidad para llevar a cabo modificaciones o cambios al régimen o alguno de sus componentes o usos, requiriéndose en su lugar la aprobación de un criterio máximo de dos terceras partes de los titulares o la proporción menor que se disponga expresamente en esta ley", reza el texto de la legislación.

En su exposición de motivos, el proyecto argumenta que las dos terceras partes constituyen un "número considerable de la totalidad de residentes y refleja marcadamente el sentir de la comunidad".

"Es una porción más justa, razonable y democrática para atender las situaciones apremiantes que enfrentan los complejos residenciales contemporáneos", añade la pieza.

De otra parte, la Cámara le dio paso, también de manera unánime, a un proyecto de ley que enmendaría la Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) para prohibir toda práctica comercial, anuncio o publicidad que genere confusión sobre aspectos como la marca, el precio, la cantidad, el tamaño, la calidad, garantía o la salubridad de un producto o servicio.

La medida se refiere a aquellas instancias que no implican actos de fraude, engaño o en los que se haga una falsa representación, pero en los que haya mediado intención o negligencia al generar confusión entre los consumidores.